Artículo 1. Orden 32/2026, de 4 de marzo, Castilla-La Mancha
Ver Indice
»Artículo 1. Objeto.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El objeto de esta orden es regular los requisitos técnico-sanitarios específicos que deben cumplir los centros y servicios de medicina estética para su autorización administrativa, así como para las comunicaciones.
