Articulo 1 Plan director de la Red Natura 2000
Artículo 1. Naturaleza del plan
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia, como plan de ordenación de los recursos naturales, constituye el instrumento para la planificación, ordenación y gestión en red de los espacios protegidos incluidos en el ámbito de aplicación de este plan, dando cumplimiento a las exigencias establecidas en las directivas europeas (92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres, y 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas), en la normativa estatal (Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, y Real decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre) y en la autonómica (Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza), Decreto 72/2004, de 2 de abril, por el que se declaran determinados espacios como zonas de especial protección de los valores naturales, así como los fundamentos técnicos de las directrices de conservación de la Red Natura 2000.
