Articulo 1 Procedimiento de presentación e ingreso de autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras
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»Artículo 1. Objeto.
Vigente
El presente real decreto tiene por objeto desarrollar el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras por los sujetos pasivos de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley del Impuesto, tanto en los supuestos en que dichas autoliquidaciones se presenten e ingresen a través de un depositario central de valores establecido en territorio español como en aquellos en que la presentación e ingreso se realice directamente por los sujetos pasivos ante la Administración tributaria.

