Articulo 1 procedimiento a seguir en materia de rehabilitacion de los funcionarios publicos en el ambito de la Administracion General del Estado
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»Artículo 1. Ámbito de aplicación.
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El presente Real Decreto será de aplicación al personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado incluido en el ámbito de aplicación del artículo 1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
