Articulo 1 Programa de Co...nsabilidad

Articulo 1 Programa de Colaboración Económica Municipal de Conciliación y Corresponsabilidad

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Primero. Objeto y finalidad.

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1. El objeto del presente acuerdo es aprobar el Programa de Colaboración Económica Municipal de Conciliación y Corresponsabilidad que establece las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria, conforme a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de Extremadura (LGAMEX) y aprobar la distribución de fondos del mismo de conformidad con el Acuerdo del Pleno del Consejo de Política Local de fecha 17 de febrero de 2022.

2. La financiación del presente Programa tendrá carácter anual y se realizará mediante transferencias corrientes desde la Comunidad Autónoma de Extremadura a las entidades locales en la cuantía que corresponda en función de los criterios objetivos de reparto establecidos al efecto.

3. La finalidad del programa de Colaboración Económica Municipal de Conciliación y Corresponsabilidad es favorecer la conciliación de las familias con niñas, niños y jóvenes menores de 16 años desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres, así como crear empleo de calidad en el sector de los cuidados, mediante la contratación de Directores/as de actividades de ocio y tiempo libre, monitores/as de ocio y tiempo libre y personal de limpieza (camareros/as limpiadores/as).