Articulo 1 reforma de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia
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El Artículo 94.1.e), donde dice:
e) La colaboración con las comisiones parlamentarias de investigación en el marco legalmente establecido.
Debe decir:
«e) La colaboración con las comisiones de investigación constituidas en las Juntas Generales, así como con cualesquiera otras comisiones parlamentarias de investigación en el marco fijado en el artículo 94 bis de esta norma.»

