Articulo 1 Régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable
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»Artículo 1. Objeto y finalidad.
Vigente
El presente Decreto tiene por objeto regular el régimen urbanístico y el tratamiento de las edificaciones ubicadas en el suelo no urbanizable de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como reconocer su situación jurídica y satisfacer el interés general que representa la preservación de los valores propios de esta clase de suelo.

