Articulo 1 Régimen jurídi...Principado

Articulo 1 Régimen jurídico de la Administración del Principado

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Artículo 1. Principios generales.

Vigente

1. La Administración del Principado de Asturias, bajo la dirección del Consejo de Gobierno, desarrolla su actuación para alcanzar los objetivos establecidos por las leyes y el resto del ordenamiento jurídico, sirve con objetividad a los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho.

En su actuación y relaciones deberá respetar los principios establecidos en la legislación estatal en materia de bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

2. La actividad de la Administración del Principado de Asturias se realizará atendiendo a los principios de colaboración mutua y lealtad institucional respecto al resto de los poderes y Administraciones públicas, y de acuerdo con criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos.

3. La Administración del Principado de Asturias actúa para el cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica única.