Articulo 1 Reglamento Marco de las Policías Locales
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»Artículo 1. Objeto.
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Es objeto del presente Decreto desarrollar reglamentariamente la Ley 5/2010, de 14 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de La Rioja, en aquellas materias en que sea necesario.
Asimismo, este Decreto tiene por objeto aprobar las normas-marco a las que habrán de ajustar su contenido los reglamentos de organización y funcionamiento de los Cuerpos de Policía Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en desarrollo de lo previsto en el artículo 39 a) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y el artículo 21 de la Ley 5/2010, de 14 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de La Rioja.
