Articulo 1 Revisión excepcional de precios en contratos de obras del sector público
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Serán aplicables las medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos de obras del sector público previstas en el Título II del Real Decreto ley 3/2022, de 1 de marzo, en todo el ámbito del sector público de la Generalitat y de las entidades locales de la Comunitat Valenciana con las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Asimismo, lo dispuesto en el apartado anterior será de aplicación a los contratos de obras de las Universidades Públicas Valencianas.
