Articulo 1 suspensión temporal del Decreto 212/2012, por el que se regulan las entidades de colaboración ambiental y se crea el Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco
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»Artículo 1.
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Dejar en suspenso el Decreto 212/2012, de 16 de octubre, por el que se regulan las entidades de colaboración ambiental y se crea el Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en lo que se refiere a la obligación de los promotores de los procedimientos ambientales regulados en el artículo 7 de la norma de utilizar las entidades de colaboración ambiental de nivel I (ECA nivel I).
En el anexo se recogen los trámites de los distintos procedimientos ambientales a los que les resulta de aplicación esta suspensión.
