Articulo 10 aplicacion progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social
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Los Estados miembros comunicarán a la Comisión dentro de un plazo de siete años a partir de la notificación de esta Directiva , todos los datos necesarios para que la Comisión pueda elaborar un informe , que se presentará al Consejo , sobre la aplicación de la presente Directiva y pueda proponer cualquier otra medida necesaria para la aplicación del principio de igualdad de trato .
