Articulo 10 se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración y Venta de Horchata de Chufa
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»Art. 10. Prácticas prohibidas.
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10.1 (Derogado)
10.2 (Derogado)
10.3 (Derogado)
10.4 Cualquier manipulación que tienda a sustituir total o parcialmente los sólidos disueltos, las grasas o los almidones propios de las chufas por otros distintos.
10.5 La incorporación de aromas salvo esencias o extractos de corteza de limón y/o canela.
10.6 (Derogado)
10.7 Se prohíbe la mezcla de horchata de chufa con cualquier otra clase de horchatas.
10.8 (Derogado)
Modificaciones
- Artículo modificado (10 (apdos. 1, 2, 3, 6 y 8, se derogan)) por Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, por el que se derogan total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios.
(BOE de 29-03-2013) en vigor desde 30-03-2013
