Artículo 10 bis Medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género
- Las referencias realizadas a la Consejería competente en materia de igualdad y al Instituto Andaluz de la Mujer en los artículos 57 y 58, respectivamente, de presente Ley, deberán entenderse efectuadas a la Consejería competente en materia de violencia de género. Igualmente, las competencias atribuidas a la Consejería de la Junta de Andalucía competente en materia de igualdad y al Instituto Andaluz de la Mujer en sus artículos 14.3 y 60.4, respectivamente, deberán entenderse adicionalmente atribuidas a la Consejería competente en materia de violencia de género. - Ley 7/2018, de 30 de julio, por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevencion y proteccion integral contra la violencia de genero.
Artículo 10 bis. Programas dirigidos a hombres para la erradicación de la violencia de género.
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Copiloto jurídico
1. La Administración de la Junta de Andalucía promoverá programas y actuaciones de prevención de todas las formas de violencias y desigualdades de género, dirigidos específicamente a hombres, como forma de prevención.
2. Estos programas podrán incluir medidas para la reducción del riesgo de la violencia de género a través de la reeducación social, que podrá comprender tratamiento psicológico, mecanismos de readaptación, resocialización, rehabilitación y otros procedimientos técnicos aconsejables. En ningún caso, las cantidades destinadas por la Administración de la Junta de Andalucía a la elaboración, desarrollo, promoción o ejecución de dichos programas podrán suponer una minoración de las que tengan por objeto la protección integral de las víctimas.
3. Dichos programas se desarrollarán según criterios de calidad que garanticen una intervención profesionalizada en la que se incluya la perspectiva de género, para lo que podrán suscribirse convenios de colaboración con otras Administraciones públicas y organismos competentes, con capacidad y experiencia en la materia.
- Artículo modificado (10 bis (se añade)) por Ley 7/2018, de 30 de julio, por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.
(JA de 01-08-2018) en vigor desde 02-08-2018
