Artículo 10 bis Reglament...uncionario

Artículo 10 bis Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario

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Artículo 10 bis. Licencia retribuida por estado de gestación.

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Las funcionarias en estado de gestación tendrán derecho a una licencia retribuida desde el primer día de la semana treinta y siete de embarazo hasta la fecha de parto. En el supuesto de gestación múltiple, la licencia podrá iniciarse el primer día de la semana treinta y cinco de embarazo.