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DECRETO FORAL 11/2009, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra. - Boletín Oficial de Navarra de 25-02-2009

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: Navarra

Estado: VIGENTE. Validez desde 07 de Mayo de 2021

F. entrada en vigor: 26/02/2009

Órgano emisor: 1.1. DISPOSICIONES GENERALES

Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 24

F. Publicación: 25/02/2009


Preambulo Artículo Único. Aprobación del Reglamento.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Aplicación transitoria del Reglamento a las licencias y permisos vigentes.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Normas que se derogan.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo y aplicación del Decreto Foral. D.F. 2ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO DE VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE NAVARRA
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto del Reglamento. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Régimen de concesión de las vacaciones, licencias y permisos. Artículo 3 bis. Plazo de resolución y efectos de la falta de resolución expresa de los procedimientos administrativos. Artículo 4. Competencia para la concesión de las vacaciones, licencias y permisos.
CAPÍTULO II. Vacaciones
Artículo 5. Duración de las vacaciones. Artículo 6. Régimen de disfrute de las vacaciones. Artículo 7. Interrupción de las vacaciones.
CAPÍTULO III. Licencias retribuidas
Artículo 8. Licencia retribuida por actividades formativas. Artículo 9. Licencia retribuida por matrimonio o pareja estable. Artículo 10. Licencia retribuida por parto. Artículo 10 bis. Licencia retribuida por estado de gestación. Artículo 10 ter. Licencia retribuida por nacimiento de hijos prematuros o que deban permanecer hospitalizados a continuación del parto. Artículo 11. Licencia retribuida por adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento. Artículo 12. Disfrute a tiempo parcial de la licencia retribuida por parto, adopción o acogimiento. Artículo 13. Licencia retribuida por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural. Artículo 13 bis. Licencia retribuida por cuidado de hijo menor de edad afectado por cáncer u otra enfermedad grave. Artículo 13 ter. Licencia retribuida para cuidado de familiar por enfermedad muy grave.
CAPÍTULO IV. Licencias no retribuidas por asuntos propios
Artículo 14. Duración y régimen de las licencias no retribuidas por asuntos propios. Artículo 15. Especificidades del régimen de las licencias no retribuidas por asuntos propios en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
CAPÍTULO V. Permisos retribuidos
Artículo 16. Permiso del progenitor diferente a la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija. Artículo 17. Permiso retribuido por lactancia de hijos menores de doce meses. Artículo 18. Permiso retribuido para someterse a técnicas de fecundación asistida. Artículo 19. Permiso retribuido para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. Artículo 19 bis. Permiso retribuido para la asistencia a sesiones de información y preparación por adopción o acogimiento. Artículo 20. Permiso retribuido por razón de violencia de género sobre la mujer funcionaria. Artículo 21. Permiso retribuido para la atención de hijos con discapacidad. Artículo 22. Permiso retribuido por el fallecimiento de familiares. Artículo 23. Permiso retribuido por la enfermedad o ingreso de familiares. Artículo 24. Permiso retribuido para facilitar la reincorporación al servicio tras someterse a determinados tratamientos médicos. Artículo 25. Especificidades en el cómputo de los permisos retribuidos por el fallecimiento o la enfermedad de familiares. Artículo 26. Permiso retribuido por cirugía mayor ambulatoria de familiares. Artículo 26 bis. Permiso retribuido por procedimientos quirúrgicos y diagnósticos que requieran acompañamiento. Artículo 27. Permiso retribuido por traslado de domicilio. Artículo 28. Permiso retribuido para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal, y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral. Artículo 28 bis. Permiso retribuido para efectuar una donación de sangre o componentes sanguíneos. Artículo 28 ter. Permiso retribuido para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Artículo 29. Permiso retribuido por ser candidato en las elecciones. Artículo 29 bis. Permiso retribuido por ser candidato en las elecciones sindicales en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. Artículo 30. Permiso retribuido por asuntos particulares. Artículo 31. Justificación de los permisos retribuidos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Modificaciones en la duración del permiso retribuido por paternidad. D.A. 2ª. Aplicación a los tutores legales. D.A. 3ª. Neutralidad de género.