Articulo 10 Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, Estrasburgo 25/01/1988
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»Artículo 10. Información contradictoria.
Vigente
Si una Parte recibe de otra Parte información sobre la situación tributaria de una persona que le parezca en contradicción con la información que obre en su poder, lo comunicará a la Parte que haya facilitado la información.

