Articulo 10 Creación de la Agencia Vasca de Ciberseguridad
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»Artículo 10.- Personal de la Agencia.
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1.- La Agencia es responsable de la contratación, la gestión y la formación de su personal, de manera autónoma.
2.- El personal de la Agencia está formado por:
a) Personal propio, contratado en régimen de derecho laboral respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad.
b) Personal de la Administración pública de la Comunidad Autónoma Vasca. Los puestos de trabajo que comporten el ejercicio de potestades públicas estarán reservados a personal funcionario, al que se aplicará la normativa reguladora de la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma Vasca.
