Articulo 10 Dir 2000/60/C...a de aguas

Articulo 10 Dir. 2000/60/CE, de 23 de octubre de 2000, Marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas

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Artículo 10. Planteamiento combinado respecto de las fuentes puntuales y difusas

Vigente

1. Los Estados miembros velarán por que todos los vertidos en las aguas superficiales mencionados en el apartado 2 se controlen con arreglo al planteamiento combinado expuesto en el presente artículo.

2. A efectos del cumplimiento de los objetivos, las normas de calidad y los valores umbral establecidos con arreglo a la presente Directiva, los Estados miembros velarán por el establecimiento y la aplicación de lo siguiente:

a) los controles de emisión basados en las mejores técnicas disponibles;

b) los valores límite de emisión que correspondan;

c) en el caso de impactos difusos, los controles, incluidas, cuando proceda, las mejores prácticas medioambientales,de conformidad con la Directiva 91/676/CEE del Consejo (*9) y las Directivas 2009/128 /CE (* 10), 2010/75/UE (*11) y (UE) 2024/3019 (*12) del Parlamento Europeo y del Consejo, así como cualquier otra legislación pertinente de la Unión para abordar la contaminación procedente de fuentes puntuales o difusas, incluida cualquier legislación pertinente adoptada de conformidad con el artículo 16 de la presente Directiva.

(*9) Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias (DO L 375 de 31.12.1991, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/1991/676/oj)."

(*10) Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas (DO L 309 de 24.11.2009, p. 71, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2009/128/oj)."

(*11) Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre emisiones industriales y emisiones derivadas de la cría de ganado (prevención y control integrados de la contaminación) (DO L 334 de 17.12.2010, p. 17, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2010/75/oj)."

(*12) Directiva (UE) 2024/3019 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2024, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (DO L, 2024/3019, 12.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2024/3019/oj).

3. Si un objetivo de calidad, una norma de calidad o un umbral establecidos en virtud de la presente Directiva, de las Directivas 2006/118/CE o 2008/105/CE o de cualquier otra legislación de la Unión exige condiciones más estrictas que las que originaría la aplicación del apartado 2, se establecerán controles de emisión más rigurosos en consecuencia.