Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2000 por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas - Diario Oficial de la Unión Europea de 22-12-2000
Índice
Histórico
Relacionados
Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Mayo de 2026
F. entrada en vigor: 22/12/2000
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 327
F. Publicación: 22/12/2000
Preámbulo
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Coordinación de disposiciones administrativas en las demarcaciones hidrográficas
Artículo 4. Objetivos medioambientales
Artículo 5. Características de la demarcación hidrográfica, estudio del impacto ambiental de la actividad humana y análisis económico del uso del agua
Artículo 6. Registro de zonas protegidas
Artículo 7. Aguas utilizadas para la captación de agua potable
Artículo 8. Seguimiento del estado de las aguas superficiales, del estado de las aguas subterráneas y de las zonas protegidas
Artículo 9. Recuperación de los costes de los servicios relacionados con el agua
Artículo 10. Planteamiento combinado respecto de las fuentes puntuales y difusas
Artículo 11. Programa de medidas
Artículo 12. Problemas que no pueda abordar un solo Estado miembro
Artículo 13. Planes hidrológicos de cuenca
Artículo 14. Información y consulta públicas
Artículo 14 bis. Acceso a la justicia
Artículo 15. Notificación
Artículo 16. Estrategias para combatir la contaminación de las aguas
Artículo 17. Estrategias para la prevención y el control de la contaminación de las aguas subterráneas
Artículo 18. Informe de la Comisión
Artículo 19. Planes de futuras medidas comunitarias
Artículo 19 bis. Informe sobre un mecanismo de responsabilidad ampliada del productor
Artículo 20. Adaptaciones técnicas y aplicación de la presente Directiva
Artículo 20 bis. Ejercicio de la delegación
Artículo 21. Procedimiento de comité
Artículo 22. Derogaciones y disposiciones transitorias
Artículo 23. Sanciones
Artículo 24. Aplicación
Artículo 25. Entrada en vigor
Artículo 26. Destinatarios
ANEXO I. INFORMACIÓN REQUERIDA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA LISTA DE AUTORIDADES COMPETENTES
ANEXO II
ANEXO III. ANÁLISIS ECONÓMICO
ANEXO IV. ZONAS PROTEGIDAS
ANEXO V
ANEXO VI. LISTA DE LAS MEDIDAS QUE DEBEN INCLUIRSE EN LOS PROGRAMAS DE MEDIDAS
ANEXO VII. PLANES HIDROLÓGICOS DE CUENCA
ANEXO VIII. LISTA INDICATIVA DE LOS PRINCIPALES CONTAMINANTES
ANEXO IX. VALORES LÍMITE DE EMISIÓN Y NORMAS DE CALIDAD MEDIOAMBIENTAL
ANEXO X. LISTA DE SUSTANCIAS PRIORITARIAS EN EL ÁMBITO DE LA POLÍTICA DE AGUAS
ANEXO XI

