Articulo 10 Estatutos Pro...ia (SEPAD)

Articulo 10 Estatutos Promoción de Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).

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Artículo 10. El Consejo Autonómico de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.

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1. El Consejo Autonómico de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia es el máximo órgano de participación institucional del SEPAD.

2. Tendrá como objetivo la elaboración de propuestas de medidas encaminadas a la mejora de las políticas sociales en materia de dependencia, discapacidad, mayores y envejecimiento activo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y cuantas otras se establezcan en las disposiciones vigentes.

3. Estarán adscritos al Consejo Autonómico de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia:

- El Consejo Regional de Personas con Discapacidad de Extremadura.

- El Consejo Regional de Personas Mayores de Extremadura.

4. Las funciones del Consejo Autonómico de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia serán las actualmente atribuidas al Consejo Regional de Personas con Discapacidad de Extremadura y al Consejo Regional de Personas Mayores de Extremadura.