Artículo 10. Ley 2/2026, de 28 de abril, La Rioja, simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa
Ver Indice
»Artículo 10. Colaboración con organizaciones sociales y empresariales y entidades del tercer sector de acción social.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Administración autonómica, a través de la consejería competente en materia de organización de los servicios públicos, promoverá la colaboración con las organizaciones sindicales más representativas, organizaciones sociales, profesionales y empresariales y con las entidades del tercer sector de acción social para la identificación y reducción de cargas administrativas y la exploración de vías de mejora.
