Artículo 10 quater Interc...ridad vial

Artículo 10 quater. Presentación transitoria de informes

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Artículo 10 quater. Presentación transitoria de informes

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A más tardar el 6 de mayo de 2026, los Estados miembros enviarán a la Comisión un informe completo de conformidad con los párrafos segundo y tercero del presente apartado.

En el informe completo se indicará el número de búsquedas automatizadas efectuadas por el Estado miembro de la infracción dirigidas a los puntos de contacto nacionales de los Estados miembros de matriculación, a raíz de infracciones cometidas en su territorio, junto con el tipo de infracciones para las que se presentaron solicitudes y el número de solicitudes fallidas.

El informe completo incluirá asimismo una descripción de la situación a nivel nacional respecto del seguimiento dado a las infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, sobre la base de la proporción de tales infracciones que han dado lugar a notificaciones de infracciones de tráfico.