Articulo 10 Tasas
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Artículo 10. 1-1. Hecho imponible

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Constituye el hecho imponible de esta tasa la tramitación, por el departamento competente en materia de costas, de expedientes relativos a las solicitudes de autorización previa o legalización de obras, instalaciones y actividades en zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2017 en vigor desde 31-12-2017