Articulo 100 Reglamento d... Integrado

Articulo 100 Reglamento de la Ley de Control Ambiental Integrado

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Artículo 100. Concurrencia de sanciones.

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Cuando por unos mismos hechos y fundamentos jurídicos, el infractor pudiese ser sancionado con arreglo a esta Ley y a otra u otras leyes que fueran de aplicación, de las posibles sanciones se le impondrá la de mayor gravedad.