Artículo 101. Decreto n.º 13/2026, de 5 de marzo, Murcia
Artículo 101. Metodologías didácticas.
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Copiloto jurídico
1. Los centros del Sistema de Formación Profesional potenciarán planes de trabajo y de formación entre el profesorado para que se apliquen metodologías avanzadas de aprendizaje en el desarrollo de los módulos profesionales o, en su caso, ámbitos y Proyecto.
2. La organización curricular de los ciclos formativos, concretada por los centros del Sistema de Formación Profesional, favorecerá la implantación de metodologías activas basadas en proyectos y retos, próximas a su entorno productivo, favoreciendo la participación de las empresas del mismo.
3. Los centros del Sistema de Formación Profesional en el Proyecto Curricular de cada oferta aplicarán y desarrollarán los principios pedagógicos recogidos en el artículo 13 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
