Articulo 104 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público
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Artículo 104. Modificación del Decreto 89/2010, por el que se aprueba el Programa de gestión de residuos de la construcción de Cataluña (PROGROC), se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición, y el canon sobre la deposición controlada de los residuos de la construcción

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Se modifica el artículo 11 del Decreto 89/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el Programa de gestión de residuos de la construcción de Cataluña (PROGROC), se regula la producción y gestión de los residuos de la construcción y demolición, y el canon sobre la deposición controlada de los residuos de la construcción, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 11. Obligaciones de la persona productora de residuos de la construcción y demolición

»Son obligaciones de la persona productora de residuos de la construcción y demolición:

»a) Cumplir las determinaciones establecidas por el artículo 23 del texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, aprobado por el Decreto legislativo 1/2009, de 21 de julio, así como las disposiciones específicas o complementarias que regulan los residuos de la construcción y demolición.

»b) Incluir en el proyecto de ejecución de la obra, en su caso, un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, de acuerdo con lo que establece el artículo 4 del Real decreto 105/2008 en la forma y con el contenido establecido en el modelo normalizado que apruebe la Agencia de Residuos de Cataluña, y que está disponible en su sede electrónica.

»c) Presentar ante el ayuntamiento, junto con la solicitud de la licencia de obras, un documento de aceptación firmado por un gestor de residuos autorizado para garantizar el correcto destino de los residuos separados por tipos. En este documento debe constar el código de gestor, el domicilio de la obra y el importe recibido en concepto de depósito para su posterior gestión.

»El importe del depósito se fija, para todos los residuos de la construcción y demolición, en 11 euros por tonelada de residuos previstos en el estudio de gestión, con un mínimo de 150 euros.

»El depósito tiene por objeto garantizar que la gestión de los residuos de la construcción y la demolición que sean generados en una obra concreta por la persona productora se efectúa de acuerdo con la normativa vigente.

»d) En caso de que el promotor sea un ente público y no sea necesaria la licencia de obras, es necesario igualmente acreditar la correcta gestión mediante el certificado de gestión de residuos de la construcción correspondiente emitido por un gestor autorizado.

En este sentido, no puede certificarse la partida correspondiente de gestión de residuos sin el citado certificado.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022