Articulo 104 Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de Patentes
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»Artículo 104. Reconocimiento parcial del derecho a obtener la patente.
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Serán de aplicación, mutatis mutandi, el artículo 11 de la Ley y los artículos 102 y 103 del presente Reglamento cuando la decisión judicial declare que el actor solo tiene derecho a obtener la patente como cotitular de la solicitud de patente.
