Artículo 105. LEY 5/2026, de 31 de julio, C. Valenciana, medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
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»Artículo 105.
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Se suprimen los apartados 2 y 3 de la disposición final cuarta de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana, quedando redactada como sigue:
«Disposición final cuarta. Entrada en vigor
La presente ley entrará en vigor al mes de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.»

