Articulo 106 Reglamento Marco de las Policías Locales
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Artículo 106. Nombramiento de funcionarios en prácticas.

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Será de aplicación lo que prevé el artículo 33 del presente Reglamento respecto al nombramiento de funcionarios en prácticas de los aspirantes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-02-2015 en vigor desde 03-03-2015