Articulo 108 se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias
Artículo 108. Documentación
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1. Las determinaciones de los Planes Parciales se desarrollarán en los documentos establecidos en el apartado 5 del artículo 66 del TROTU.
2. La Memoria del Plan Parcial se dividirá en una parte informativa y en otra justificativa, de acuerdo con lo siguiente:
a) La Memoria informativa recogerá la información urbanística del ámbito objeto de la nueva ordenación, con especial referencia a las características naturales del territorio, los usos, edificaciones e infraestructuras existentes, y el estudio de la estructura de la propiedad del suelo.
b) La Memoria justificativa habrá de justificar la adecuación de la ordenación a las directrices y determinaciones del Plan General de Ordenación y, en su caso, los criterios de sectorización que desarrolle, refiriéndose a los siguientes extremos:
1.ª Justificación de la procedencia de su formulación.
2.ª Objetivos y criterios que persigue el Plan Parcial para la ordenación del territorio.
3.ª Justificación de la ordenación propuesta, que habrá de acreditar su conexión funcional con las áreas colindantes mediante la adecuada relación con su estructura urbana y su integración con sistemas de transporte colectivo.
4.ª Justificación de la adecuada conexión de los sistemas generales y locales ordenados a los sistemas generales existentes.
5.ª Justificación de que los sistemas generales cubren, entre otras, las necesidades de abastecimiento de agua, saneamiento, suministro eléctrico y de otras energías, que genera la nueva ordenación y, en su defecto, las propuestas de refuerzo de los sistemas generales existentes.
6.ª Características sobre superficies, reservas, estándares, edificabilidades y demás aspectos relevantes.
3. El Plan Parcial contendrá los siguientes planos:
a) Planos de información a escala 1:5.000
1.ª De situación en relación con la estructura orgánica correspondiente al Plan General de Ordenación.
2.ª De ordenación establecida en el Plan General para el ámbito territorial incluido en el Plan Parcial y su entorno.
3.ª Topográfico y Catastral.
4.ª De edificaciones, usos, infraestructuras y vegetaciones existentes.
b) Los planos de ordenación reflejarán, como mínimo, los siguientes aspectos a escala 1:1.000
1.ª En el sistema local de vías públicas, red viaria con sus alineaciones, rasantes y las reservas para aparcamientos.
2.ª En el mismo sistema local, redes peatonales, ciclistas y de itinerarios exentos de barreras arquitectónicas y urbanísticas para personas con movilidad reducida.
3.ª Asignación de usos pormenorizados, con expresión de alineaciones y alturas de la edificación.
4.ª En el sistema local de equipamientos, las reservas destinadas a tal fin con expresión de la titularidad y usos públicos o privados de las mismas, a efectos de determinar su cesión.
5.ª Terrenos de cesión gratuita que integran los sistemas locales de zonas verdes y espacios libres públicos.
6.ª Redes del sistema local de servicios urbanos.
7.ª En su caso, polígonos o unidades de actuación en relación con el plano catastral.
8.ª Plan de etapas.
4. Las Normas urbanísticas del Plan Parcial contemplarán, como mínimo, los siguientes apartados:
a) Régimen urbanístico del suelo, con referencia a calificación del suelo, configuración y dimensiones de las parcelas urbanísticas, urbanización, sistemas de actuación, y plazos para el cumplimiento de los deberes urbanísticos.
b) Normativa de urbanización y edificación.
5. Plan de etapas para la realización de las obras de urbanización del Plan Parcial. En cada etapa habrá de preverse:
a) Su duración, con referencia a la fecha de comienzo de los plazos que se establezcan.
b) Las obras de urbanización correspondientes.
c) La puesta en servicio de las reservas de suelo correspondientes a las dotaciones urbanísticas que deban establecerse a medida que se urbanice.
6. El Estudio económico y financiero del Plan Parcial, de carácter orientativo, contendrá la evaluación económica de la ejecución de las obras que se contemplen y las actuaciones que se programen, la determinación del carácter público o privado de las inversiones a realizar para la ejecución de sus previsiones, con especificación de las que se atribuyan al sector público y privado, e indicación de los organismos públicos que, en su caso, vayan a asumir el importe de la inversión.
7. Formulación de informe de sostenibilidad económica del Plan Parcial, en los términos establecidos en la legislación estatal.
