Artículo 108. Reglamento (UE) 2026/715, de 11 de marzo de 2026, DOUE
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»Artículo 108. Atribución de competencias de ejecución en relación con las publicaciones periódicas.
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La Comisión adoptará actos de ejecución que precisen:
a) la fecha que deba considerarse la fecha de publicación en el Boletín de Diseños de la Unión Europea;
b) la forma de publicar las inscripciones relativas al registro de un diseño que no contengan cambios con respecto a la publicación de la solicitud;
c) las formas en que las ediciones del Diario Oficial de la Oficina se podrán poner a disposición del público.
Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 159, apartado 2.
