Articulo 109 Derechos y deberes de niños y adolescentes en el sistema de protección
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»Artículo 109. Extinción
Vigente
Las medidas de protección se extinguen por las causas de extinción de la tutela que establece la legislación y por las causas siguientes:
a) Cambio de la medida de protección.
b) Cumplimiento del tiempo que prevé la resolución de constitución de la medida de protección en los supuestos de que tengan un plazo fijado.

