Articulo 11 Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación
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Artículo 11.-La Presidencia.

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1. La Presidencia de la Agencia le corresponde al titular de la Consejería con competencia en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación.

2. Son funciones de la Presidencia:

a) Ostentar la máxima representación institucional y legal de la Agencia, así como interponer los recursos y reclamaciones que procedan en interés de la entidad, sin perjuicio de las delegaciones que puedan establecerse.

b) Presidir su Consejo Rector y velar por el cumplimiento de su objeto, fines y funciones.

c) Ordenar las convocatorias del Consejo Rector, fijar el orden del día de las reuniones, presidirlas, dirigir sus deliberaciones y dirimir con su voto los empates, a los efectos de adoptar acuerdos, en el seno del Consejo Rector.

d) Velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Consejo Rector.

e) Proponer al Consejo Rector las líneas generales de actuación de la Agencia y el plan de acción anual, y presentar al Consejo Rector la memoria anual de actividades de la Agencia.

f) Suscribir convenios de colaboración, memorándums de entendimiento, acuerdos de ejecución o instrumentos jurídicos de cualquier otra naturaleza que puedan generar compromisos y obligaciones para la Agencia, sin perjuicio de las delegaciones que, en su caso, se establezcan.

g) Autorizar, en los supuestos previstos en el artículo 30, a propuesta de la Dirección ejecutiva, los compromisos de gastos, los pagos o riesgos.

h) Autorizar la contratación en los términos del artículo 24.

i) Nombrar y cesar a los representantes de la Agencia, y sus suplentes, en las sociedades y organismos en que esta participe.

j) Ejercer las demás facultades y funciones que le atribuyan esta ley, sus Estatutos y normativa de desarrollo, el Consejo Rector y las disposiciones vigentes.

3. La Presidencia podrá delegar en la Vicepresidencia las funciones señaladas en las letras a), b), c), d), f) g), h) y j) y en la Dirección Ejecutiva las señaladas en las a), d), f) y j) de acuerdo con las normas que regulan la delegación de competencias entre órganos, dando cuenta al Consejo Rector.