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Ley del Principado de Asturias 9/2022, de 30 de noviembre, de la Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación. - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 23-12-2022

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: Asturias

Estado: VIGENTE. Validez desde 12 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 12/01/2023

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 245

F. Publicación: 23/12/2022

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1.-Objeto de la Ley. Artículo 2.-Naturaleza y régimen jurídico. Artículo 3.-Adscripción y sede. Artículo 4.-Modificación y refundición. Artículo 5.-Extinción y liquidación. Artículo 6.-Fines y funciones. Artículo 7.-Facultades. Artículo 8.-Creación y participación en otras entidades. Artículo 9.-Principios de actuación.
TÍTULO II. Organización y funcionamiento
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 10.-Órganos de la Agencia.
CAPÍTULO II. La Presidencia
Artículo 11.-La Presidencia.
CAPÍTULO III. La Vicepresidencia
Artículo 12.-La Vicepresidencia.
CAPÍTULO IV. El Consejo Rector
Artículo 13.-El Consejo Rector. Artículo 14.-Miembros. Artículo 15.-Funciones. Artículo 16.-Funcionamiento.
CAPÍTULO V. La Dirección Ejecutiva
Artículo 17.-La Dirección Ejecutiva.
CAPÍTULO VI. Consejo Asturiano de Ciencia, Tecnología e Innovación
Artículo 18.-Naturaleza y composición. Artículo 19.-Funcionamiento. Artículo 20.-Funciones.
TÍTULO III. Organización, gestión y medios
Artículo 21.-Organización. Artículo 22.-El plan de acción anual e informe general de actividad y los contratos de gestión plurianual. Artículo 23.-Control de eficacia y supervisión.
TÍTULO IV. Contratación y régimen patrimonial
Artículo 24.-Contratación. Artículo 25.-Régimen patrimonial.
TÍTULO V. Régimen de personal
CAPÍTULO I. Disposiciones de carácter general
Artículo 26.-Régimen de personal. Artículo 27.-Incompatibilidades.
CAPÍTULO II. Régimen especial en materia de contratación de personal investigador
Artículo 28.-Régimen especial para la contratación de personal investigador distinguido.
TÍTULO VI. Régimen económico, presupuestario, contable y de control
Artículo 29.-Recursos económicos. Artículo 30.-Régimen presupuestario y contable. Artículo 31.-Control financiero. Artículo 32.-Control parlamentario.
TÍTULO VII. Resoluciones y actos administrativos
Artículo 33.-Actuación administrativa.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.-Condición de la Agencia como medio propio y servicio técnico de la Administración del Principado de Asturias. D.A. 2ª.-Constitución efectiva, subrogación y reestructuración. D.A. 3ª.-Consignación de créditos. D.A. 4ª.-Incorporación y adscripción de personal. D.A. 5ª.-Colaboración Ficyt. D.A. 6ª.-Cesión de derechos políticos derivados de la titularidad de acciones. D.A. 7ª.-Comisión coordinadora de promoción industrial. D.A. 8ª.-Lenguaje no sexista.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.-Garantía de continuidad en la ejecución de la política de financiación, evaluación y seguimiento de la I+D+i. D.T. 2ª.-Representantes del Consejo Rector.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.-Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.-Modificación y adaptación de estructuras. D.F. 2ª.-Estatutos. D.F. 3ª. Modificación de la Ley del Principado de Asturias 5/1999, de 29 de marzo, por la que se crea el Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario del Principado de Asturias. D.F. 4ª.-Modificación de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud.