Artículo 11 Decreto 4/20...ón de 2026

Artículo 11. Decreto 4/2026, de 29 de enero, Castilla y León, Dietas y gratificaciones para el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

Ver Indice
»

Artículo 11.- Agentes de Policía Local.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Para la remuneración de los servicios extraordinarios prestados en los colegios electorales por los agentes de la policía local que participen en el proceso electoral, la Comunidad de Castilla y León concederá la siguiente gratificación:

Se asigna un importe íntegro por cada miembro de 170,89 euros.

2. Los ayuntamientos deberán remitir a la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en cada provincia el dispositivo de seguridad establecido para el proceso electoral, indicando los efectivos de la policía local.