Artículo 11 Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía
Artículo 11. Estructura orgánica.
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1. La Agencia se estructura en los siguientes órganos:
1.1. Órganos de gobierno:
a) La Presidencia.
b) La Vicepresidencia.
c) El Consejo Rector.
1.2. Órganos de dirección y administración:
a) Dirección Gerencia.
b) Dirección General de Emergencias y Protección Civil.
c) Dirección General de Gestión de Incendios Forestales.
1.3. Órganos de participación:
- Comisión de Protección Civil de Andalucía.
- Consejo Andaluz del Fuego.
2. La Agencia contará con la estructura administrativa y organización necesaria para su funcionamiento, integrada por las áreas que se establecen en el artículo 33. Podrán existir otras unidades, según se determine en la relación de puestos de trabajo de la Agencia, que no se integren en dichas áreas directivas o que sean comunes a todas o a varias de ellas.
- Artículo modificado por Decreto-ley 5/2026, de 20 de abril, por el que se modifica el Decreto-ley 2/2023, de 11 de abril, por el que se adoptan medidas en materia de emergencias y gestión, prevención y extinción de incendios forestales y se autoriza la creación de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía, así como otras normas organizativas y en materia de emergencias. (JA de 28-04-2026) en vigor desde 28-04-2026
