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Articulo 11 Medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas

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Artículo 11. Régimen de contratación.

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Podrán tener la consideración de obras, servicios o suministros de emergencia, previo el correspondiente acuerdo del órgano de contratación, cumpliendo los requisitos del artículo 113 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, los contratos de reparación o mantenimiento de infraestructuras, equipamientos o servicios, así como las obras de reposición de bienes que se deriven de las actuaciones relacionadas con la sequía a las que se refiere la presente ley, así como las actuaciones derivadas de la declaración de las situaciones excepcionales reguladas en el artículo 58 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, cualquiera que sea su cuantía.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-03-2018 en vigor desde 07-03-2018