Articulo 11 Memoria Histórica y Democrática de Euskadi
Artículo 11. Ejercicio de acciones legales.
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Conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2016, de 2 de junio, de Ordenación del Servicio Jurídico del Gobierno Vasco, y a través de la correspondiente encomienda, Gogora podrá proponer a los Servicios Jurídicos Centrales del Gobierno Vasco su representación y defensa en la iniciación de procedimientos ante la jurisdicción penal, o su personación en los procedimientos ya incoados por terceras personas cuando, en el desarrollo de sus competencias y funciones, se desprenda la existencia de indicios de la comisión de posibles delitos. En todo caso, el ejercicio de acciones o la interposición de recursos o querellas ante cualquier órgano judicial requerirá la previa autorización del Consejo de Gobierno.
Gogora dispondrá de los recursos necesarios para ofrecer de manera proactiva información y asesoría para el ejercicio de las posibles acciones previstas por el ordenamiento a los potenciales beneficiarios de esta ley, especialmente cuando se disponga de información que pueda fundamentar tal ofrecimiento.
