Articulo 11 Procedimiento para el reconocimiento del derecho a servicios y prest...ión a la Dependencia
Articulo 11 Procedimiento para el reconocimiento del derecho a servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia
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»Artículo 11. Documentación inicial
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (11 (se deroga)) por Decreto 91/2019, de 5 de diciembre, por el que se regulan el procedimiento para el reconocimiento del grado de discapacidad y los principios generales del procedimiento para el reconocimiento del grado de dependencia y se modifica el Decreto 83/2010, de 25 de junio, por el que se establecen los principios generales del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la intensidad de protección de los servicios y el régimen de compatibilidad de las prestaciones del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y se crea la Red Pública de Atención a la Dependencia de las Illes Balears
(BOIB de 07-12-2019) en vigor desde 01-06-2020 - Artículo modificado por Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales dela comunidad autónoma de las Illes Balears para elaño 2013
(BOIB de 29-12-2012) en vigor desde 01-01-2013