Articulo 11 Reglamento Marco de las Policías Locales
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Artículo 11. Funciones del Subjefe del Cuerpo

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Cuando se designe Subjefe del Cuerpo, éste desarrollará las siguientes funciones.

a) Sustituir al Jefe del Cuerpo en caso de ausencia del mismo.

b) Colaborar en todo lo concerniente a la dirección de la Policía Local con el Jefe del Cuerpo.

c) Planificar, bajo las directrices del Jefe del Cuerpo, aquellos aspectos de carácter técnico que se precisen para un mejor funcionamiento de la Policía Local.

d) Cualquiera otra que le delegue el Jefe del Cuerpo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-02-2015 en vigor desde 03-03-2015