Articulo 11 el que se reg...es Balears

Articulo 11 el que se regula el regimen juridico de las concesiones para la prestacion del servicio de television local por ondas terrestres en el ambito territorial de las Illes Balears

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Artículo 11. Programas de televisión local por ondas terrestres susceptibles de ser gestionados por personas físicas o jurídicas de carácter privado.

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Con la excepción de los programas que se hayan efectivamente concedido a los municipios y/o Consejos Insulares, el resto se destinarán a su gestión por personas físicas o jurídicas de carácter privado.