Artículo 113 bis. Relación con las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas
Artículo 113 bis. Relación con las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas
1. La inscripción en el registro de un término tradicional cuyo uso contravenga el artículo 26 del Reglamento (UE) 2024/1143 se denegará si la solicitud de inscripción en el registro del nombre tradicional se presenta después de la fecha de presentación a la Comisión de la solicitud de inscripción en el registro de la denominación de origen o de la indicación geográfica.
2. La Comisión, mediante actos de ejecución, declarará nulo y suprimirá del registro a que se refiere el artículo 25 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/34 de la Comisión (*2) cualquier término tradicional registrado que infrinja el apartado 1 del presente artículo.
3. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 229, apartado 2.
(*2) Reglamento de Ejecución (UE) 2019/34 de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las solicitudes de protección de las denominaciones de origen, las indicaciones geográficas y los términos tradicionales en el sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, a las modificaciones del pliego de condiciones, al registro de nombres protegidos, a la cancelación de la protección y al uso de símbolos, y del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a un sistema adecuado de controles (DO L 9 de 11.1.2019, p. 46).
- Modificación realizada (113 bis (se añade)) por Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.° 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.° 1151/2012
(DC de 23-04-2024) en vigor desde 13-05-2024 - Texto Original. Publicado el 20-12-2013 en vigor desde 13-05-2024