Articulo 114 se aprueba e...e Asturias

Articulo 114 se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias

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Artículo 114. Planes Especiales de Reforma Interior de carácter integrado

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1. Cuando el Plan Especial de Reforma Interior tenga carácter integrado en los términos señalados en este reglamento, además de los contenidos que resultan exigibles de conformidad con el artículo anterior, deberán incluir:

a) Una Memoria justificativa de la situación de vulnerabilidad social, económica y ambiental del área delimitada, debidamente justificada sobre la base de indicadores e índices estadísticos objetivos en relación con la media municipal, autonómica y estatal o, en su defecto, sobre la base de informes técnicos que avalen dicha situación. Esta Memoria incluirá asimismo un diagnóstico de la situación existente y la enumeración de los objetivos de la actuación.

b) Un programa de acciones integradas coherente con los objetivos enumerados en el diagnóstico referido en el epígrafe anterior y, en su caso, las conexiones de las acciones a desarrollar con la estrategia administrativa en la que se inserte, de conformidad con lo establecido en este reglamento, especificando de forma pormenorizada las instituciones públicas y privadas implicadas en el desarrollo de las acciones; la indicación de otras intervenciones públicas en curso o proyectadas en el mismo ámbito; la estimación de los recursos económicos, costes y fuentes de financiación y subvenciones previstas, con la aportación que se propone de cada Administración y la correspondiente propuesta de temporalización al corto, medio y largo plazo; y la estimación de los compromisos establecidos en todos los niveles administrativos implicados en el desarrollo de las acciones y en cada una de las escalas de intervención para su puesta en marcha, desarrollo y seguimiento.

El programa de acciones integradas incluirá las medidas propuestas necesariamente en los siguientes ámbitos: socio-económico; educativo; cultural; dotaciones y equipamientos públicos; eficiencia energética; mejora de la habitabilidad y accesibilidad del entorno urbano y de las viviendas y edificios incluidos en el área.

c) Un cuadro de indicadores de seguimiento, para verificar la incidencia de las actuaciones en la mejora de la situación de vulnerabilidad del área.

d) El marco de participación ciudadana para su desarrollo.