Articulo 115 Código aduanero de la Unión Europea
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»Artículo 115. Delegación de poderes
Vigente
Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 284, con el fin de determinar las normas que regulen la suspensión del plazo para el pago del importe de los derechos de importación o de exportación correspondiente a una deuda aduanera contemplada en el artículo 108, apartado 3, y el período de suspensión.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-10-2013 en vigor desde 30-10-2013