Articulo 115 Normas-Marco...as Locales

Articulo 115 Normas-Marco de los Policías Locales

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Artículo 115. De la creación y concesión a Policías Locales.

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1. Se crea la Medalla al Mérito de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en las categorías de oro y plata, como reconocimiento de los méritos, acciones, servicios y comportamientos excepcionales o extraordinarios realizados por los miembros de los Cuerpos de Policía Local y que por su especial relevancia merezcan reconocimiento.

2. La Medalla se podrá otorgar por acciones llevadas a cabo cuando los miembros de los Cuerpos de la Policía Local no estén de servicio o cuando, estándolo, se acredite que la acción superó el nivel de exigencia reglamentaria del cumplimiento del mismo.

3. Esta condecoración se le concede a los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local individual o colectivamente.