Articulo 116 Vivienda de Canarias
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»Artículo 116. Publicidad de sanciones y medidas complementarias.
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Las sanciones firmes por infracciones graves o muy graves y las medidas complementarias previstas en este capítulo podrán ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Modificaciones
- Artículo modificado (116 (se añade)) por LEY 2/2014, de 20 de junio, de modificación de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias y de medidas para garantizar el derecho a la vivienda.
(CN de 27-06-2014) en vigor desde 28-06-2014
