Articulo 117 Reglamento d...rbanístico

Articulo 117 Reglamento de Planeamiento Urbanístico

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Artículo 117. Innovación de la ordenación urbanística (OU).

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Revisión y modificación de las determinaciones de sus instrumentos.

La innovación de las determinaciones de la ordenación urbanística (OU) se efectuará mediante la revisión o la modificación de éstas en los términos previstos en este Reglamento.