Articulo 117 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
Artículo 117. Cuota tributaria.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 1. Licencias de pesca (Tipo P).
a) Por licencia de duración 1 año: 8,50 euros.
b) Por licencia de duración 5 años: 42,50 euros.
Exención: Quedan exentas del pago de esta tarifa las personas residentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Tarifa 2. Licencias de matrículas de embarcación y aparatos flotantes para la pesca (Tipo E). Por licencia de duración 1 año: 16,00 euros.
Tarifa 3. Pruebas de aptitud necesaria para obtener la licencia de pesca por primera vez. Por prueba: 12,50 euros.
Tarifa 4. Tramitación de autorización de transporte y comercio en vivo de peces y cangrejos.
Por autorización: 30,00 euros.
Tarifa 5. Tramitación de autorización de repoblaciones en cotos de pesca en concesión y aguas de pesca en régimen privado. Por autorización: 30,00 euros.
Tarifa 6. Declaración de aguas en régimen privado para la pesca. Por declaración: 175,00 euros.
Tarifa 7. Inscripción en registro y renovación de las sociedades de pesca como sociedades colaboradoras.
Por inscripción o renovación: 15,00 euros.
Tarifa 8. Concesión de cotos de pesca a sociedades colaboradoras de pesca. Por concesión: 51,00 euros.
Tarifa 9. Tramitación de autorización de instalaciones de acuicultura. Por autorización: 261,00 euros.
Tarifa 10. Tramitación de la autorización para la modificación de instalaciones de acuicultura.
Por tramitación: 175,00 euros.
Tarifa 11. Permisos de pesca.
a) Permisos de pesca en cotos especiales: 12,00 euros.
b) Permisos de pesca en cotos sin muerte: 8,00 euros.
c) Permisos de pesca en cotos de repoblación sostenida: 11,00 euros.
d) Permisos de pesca en cotos intensivos: 7,00 euros.
Tarifa 12. Tramitación de autorización de concursos de pesca.
Por autorización: 12,00 euros.
Tarifa 13. Tramitación de aprobación de Plan Técnico de Pesca.
Por tramitación: 80,00 euros.
Tarifa 14. Informes en materia de pesca, adaptados a la solicitud del interesado, con desplazamiento a campo.
a) Por informe elaborado con una duración inferior a 7 horas: 200,00 euros.
b) Por informe elaborado con una duración superior a 7 horas: 200,00 euros, y 29,00 euros por hora adicional.
Tarifa 15. Informes en materia de pesca, adaptados a la solicitud del interesado, sin desplazamiento a campo.
a) Por informe elaborado con una duración inferior a 7 horas: 60,00 euros.
b) Por informe elaborado con una duración superior a 7 horas: 60,00 euros, y 29,00 euros por hora adicional.
Tarifa 16. Confección de planos. Por confección de planos: 1,40 euros por Ha. Se contará como hectárea la fracción de ésta.
Tarifa 17. Expedición de licencia interautonómica de pesca:
Por licencia con duración de un año válida para pescar en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y demás comunidades firmantes del Convenio de Colaboración para el establecimiento de las licencias interautonómicas de caza y de pesca para su ámbito territorial: 25,00 euros.
- Modificación realizada (117 (tarifa 1)) por Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha. [2022/351]
(DOCM de 19-01-2022) en vigor desde 08-02-2022 - Modificación realizada (117 (tarifa 1)) por Ley 2/2018, de 15 de marzo, por la que se modifican la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha y otras normas en materia medioambiental y fiscal. [2018/3568]
(DOCM de 26-03-2018) en vigor desde 15-04-2018 - Artículo modificado por Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha. [2015/3029]
(DOCM de 12-03-2015) en vigor desde 02-04-2015