Articulo 119 Vivienda de Canarias
Ver Indice
»Artículo 119. Plazo de resolución.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El plazo de resolución de los procedimientos sancionadores a que se refiere la presente ley será de diez meses a partir de la fecha del acuerdo de incoación del expediente o de tres meses en los procedimientos simplificados por infracciones leves.
Modificaciones
- Artículo modificado (119 (se añade)) por LEY 2/2014, de 20 de junio, de modificación de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias y de medidas para garantizar el derecho a la vivienda.
(CN de 27-06-2014) en vigor desde 28-06-2014
